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Preguntas frecuentes

¿Los menores pagan pasaje?

Los niños menores de 5 años no pagan pasaje pero deben pagar un seguro en boletería al momento de viajar presentado DNI. No tienen derecho a ocupar asiento ni reclamar servicio a bordo.

El límite de menores por boleto completo es de uno (1). Los niños mayores de 5 años pagan pasaje y tienen derecho a ocupar asiento.

¿Se puede viajar con mascotas?

Está terminantemente prohibido viajar con mascotas, cualquiera sea la especie en cuestión. Excepto aquellas personas con discapacidad visual que cuente con la documentación correspondiente habilitándole el acompañamiento de perros lazarillos. Según Ley 26.858

¿Cómo se obtienen los pasajes para personas con discapacidad?

La legislación vigente contempla que se deberá transportar gratuitamente a las personas con discapacidad, como mínimo a razón de 2 (dos) por viaje, más los acompañantes si lo requiriera (Ley Prov. Nº 9891). Para acceder a este servicio, la persona con discapacidad o su representante legal, deberá solicitar ante la boletería de la empresa, su pasaje y el de un acompañante en caso de necesidad documentada. El trámite debe realizarse con un mínimo de 48 horas hábiles anteriores al viaje y se debe llevar copia de la documentación referida (DNI y Certificado Único de Discapacidad).

¿Dónde consigo mi Tarjeta de Viajero Frecuente?

La tarjeta de viajeros frecuentes se obtiene en las Boleterías de la Empresa a través de un formulario que el pasajero interesado debe completar (este procedimiento se lo puedo hacer, también, a través de la web). Una vez hecha la solicitud, se remiten estos formularios a la empresa para la confección de las tarjetas, cuyo plazo de envío no será mayor a 3 días hábiles.

¿Con qué equipaje está permitido viajar?

Con la compra de un pasaje se puede transportar un bolso de mano (el tamaño de dicho equipaje debe ser apto para ser llevado debajo de las butacas o en el porta equipaje) y un bulto que no exceda los 15 kg. Cuando el equipaje transportado supere el límite reglamentario, deberá abonar los importes correspondientes al exceso de equipaje que se rigen por los valores de servicios de encomiendas de la empresa transportista. No podrán transportarse elementos que difundan olor desagradable, emanaciones nocivas o insalubres y toda otra sustancia o elemento peligroso.

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